Internal Revenue Service United States Department of the Treasury
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La Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio

Crédito Tributario de Prima

Programas Patrocinados por el Gobierno

Un individuo elegible para recibir cobertura a través de un programa patrocinado por el gobierno, como Medicaid, Medicare, CHIP or TRICARE, no es miembro de la familia de cobertura durante los meses en que sea elegible para recibir cobertura patrocinada por el gobierno. Esto incluye a los contribuyentes que vivían en estados que optaron por no participar en la expansión de Medicaid. No se permite un crédito tributario de prima por la cobertura de ese individuo durante los meses en que este fue elegible para la cobertura patrocinada por el gobierno.

Sin embargo, una persona se clasifica como no elegible para Medicaid, CHIP o algún programa similar por un período de cobertura bajo un plan médico calificado si, cuando la persona se inscribe en el plan médico calificado, el Mercado determina o considera que la persona no es elegible para Medicaid o CHIP.

Plan de Reembolso de Salud para Empleadores Pequeños Calificados (QSEHRA, por sus siglas en inglés)

Los empleadores elegibles ofrecen un plan de reembolso de salud (QSEHRA) a sus empleados elegibles. Conforme a un QSEHRA, un empleador elegible puede reembolsar a sus empleados elegibles por los gastos del cuidado de la salud, incluidas las primas para el seguro médico del Mercado de Seguros. Si un contribuyente tuvo la cobertura de un QSEHRA, su empleador debe haber declarado el beneficio anual permitido en la casilla 12 del Formulario W-2, con el código FF. Si el QSEHRA es asequible por un mes, no se permite el PTC para ese mes. Si el QSEHRA es inasequible por un mes, el contribuyente debe reducir la cantidad mensual del PTC por la cantidad del beneficio mensual permitido (pero no puede ser menor de $0). Si hay un código FF en la casilla 12 del Formulario W-2 y el empleado tiene una póliza del Mercado y es elegible de otro modo para un PTC, la declaración está fuera del alcance.

Consejo.

Una persona se considera elegible para otra cobertura médica esencial mínima (MEC, por sus siglas en inglés) solamente si la persona es elegible para la MEC por cada día de ese mes. Por ejemplo, si una persona se convierte en elegible para recibir la cobertura patrocinada por un empleador – o por el gobierno – al 5to día de un mes, se le considera inelegible para la otra MEC ese mes y puede ser permitido un PTC por el mes. La persona deberá informar al Mercado sobre el cambio y descontinuar todo pago por adelantado del crédito tributario de prima (APTC, por sus siglas en inglés) que se le esté efectuando por la cobertura del Mercado.

Cobertura bajo programas patrocinados por el gobierno.
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