Internal Revenue Service United States Department of the Treasury
Level Basic Advanced Military International

Crédito por gastos de cuidado de menores y dependientes

Las Cinco Pruebas de Elegibilidad

Prueba de Persona que reúne los Requisitos

     

Prueba de persona que reúne los requisitos

¿Fue el cuidado para una o más personas que reúnen los requisitos?

Si NO, usted NO PUEDE tomar el crédito por cuidado de menores y dependientes

Si , vaya a la prueba de ingreso del trabajo.

Para pasar la prueba de persona que reúne los requisitos, los gastos de cuidado de menores y dependientes de un contribuyente deben ser por lo menos en el cuidado de una persona que reúne las condiciones. Consulte los consejos sobre los gastos para el crédito por cuidado de menores y dependientes en la pestaña de Créditos no reembolsables de la Guía de Recursos para Voluntarios para obtener más información.

Una persona que reúne los requisitos es:

  • Cónyuges que no pudieron mentalmente o físicamente cuidar de sí mismos y que vivieron con el contribuyente más de la mitad del año.
  • Alguien que no pudo físicamente o mentalmente cuidar de sí mismo(a), y por el cual el contribuyente pudiera tomar una exención por relación de dependencia, salvo si:
    • La persona tuvo ingresos mayores al monto límite para el año actual (prueba de ingreso bruto para pariente calificado)
    • La persona presentó una declaración conjunta
    • El contribuyente o cónyuge, si es casado que presenta conjuntamente, podría ser tomado como dependiente en la declaración del año actual de alguien más
  • Un menor que era menor de 13 años de edad cuando se brindó el cuidado. Si el menor es reclamado como dependiente por el padre que no tenga custodia bajo las reglas especiales para hijos de padres divorciados y separados, solamente el padre que tiene la custodia puede tratar al niño como una persona que reúne los requisitos para este crédito.
Consejo.

Consulte las reglas para niños que reúnen los requisitos y las reglas especiales para hijos de padres divorciados o separados o de padres que vivan aparte en la Publicación 17(SP).