Reclamar Crédito – Años Anteriores
Contribuyentes que no reclamaron el crédito tributario adicional por hijos(as) en años anteriores generalmente tienen tres (3) años a partir de la fecha límite en que la planilla debía haber sido presentada para reclamarlo. A partir del año tributario 2025, el contribuyente también debe tener un número de Seguro Social válido para trabajar, emitido antes de la fecha de vencimiento de la declaración. Si está casado y presenta una declaración conjunta, al menos uno de los cónyuges debe cumplir con este requisito.
| Año |
Fecha límite |
Fecha Final para Solicitar Reembolso |
| 2023 |
abril 15, 2024 |
abril 15, 2027 |
| 2024 |
abril 15, 2025 |
abril 15, 2028 |
| 2025 |
abril 15, 2026 |
abril 15, 2029 |
| 2026 |
abril 15, 2027 |
abril 15, 2030 |