Límites de Aportaciones ConyugalesLos contribuyentes no pueden hacer aportaciones a planes IRA que sean mayores que su remuneración para el año. La remuneración por lo general es el ingreso que el contribuyente recibió en su trabajo; también incluye la pensión alimenticia tributable del cónyuge divorciado y otras formas de ingreso. Consulte la Publicación 17(SP), en español, para obtener más información sobre las remuneraciones. Los planes IRA conyugales también están sujetos a ciertos límites. Si los contribuyentes casados presentan una declaración conjunta y la remuneración de uno de ellos es menor que la del otro, la cantidad mayor que se puede aportar para el año al plan de IRA conyugal es la cantidad menor entre:
En otras palabras, siempre y cuando presenten una declaración conjunta, las aportaciones combinadas a planes IRA de los contribuyentes casados no pueden exceder de su remuneración combinada, y ninguno de los cónyuges puede aportar más del límite del IRA a su propio plan IRA. |