Internal Revenue Service United States Department of the Treasury
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Ingresos - de Alquiler y Anexos K-1

Asignaciones Especiales

Uso Personal de la Propiedad de Alquiler

Las preguntas en la Parte I, línea 2 del Anexo E piden información sobre el número de días de alquiler a un valor justo de alquiler y el número de días de uso personal. Si los contribuyentes alquilaron una unidad de vivienda que también usaron para fines personales durante el año, posiblemente no puedan descontar todos los gastos sobre la porción del alquiler.

La unidad de vivienda (la unidad) significa una casa, apartamento, condominio, o propiedad parecida. Un día de uso personal es cualquier día, o porción de un día, en que la unidad fue utilizada por:

  • El contribuyente para fines personales,
  • Cualquier otra persona para fines personales, si esa persona es propietaria de una parte de la unidad (a menos que haya sido alquilada a esa persona bajo un acuerdo de financiamiento de "equidad compartida"),
  • Cualquier persona de la familia del contribuyente (o de la familia de otra persona que sea propietaria de parte de la unidad), a menos que la unidad esté alquilada a esa persona como su hogar principal y a un precio justo de alquiler,
  • Cualquier persona que pague por la unidad menos que el precio justo de alquiler, o
  • Cualquier persona que esté bajo un acuerdo le permita al contribuyente usar alguna otra unidad

Excepciones

Los contribuyentes que hayan usado una unidad de vivienda como su hogar principal posiblemente no tengan que contar todo ese tiempo como "días de uso personal". No cuente como uso personal cualquier día en que el contribuyente:

  • Haya trabajado sustancialmente a tiempo completo en la reparación y el mantenimiento de la unidad, incluso si un familiar la usó para fines recreativos ese día, o
  • Haya usado la unidad como el hogar principal del contribuyente antes o después de alquilarla u ofrecerla para el alquiler, si el contribuyente la alquiló o trató de alquilarla por al menos 12 meses consecutivos (o por un periodo menor a 12 meses consecutivos, al final de los cuales el contribuyente haya vendido o intercambiado el hogar)